En el día hábil de hoy, 7 de Octubre de 2011, siendo las 2:27 PM, oportunidad anticipada a la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano JOSE DEL CARMEN ARAUJO CORZO en su carácter de parte actora asistido por la abogada Yohanna Zarate y ARQUESPACIO PROYECTO Y CONSTRUCCIÓN C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Nerio Herrera Basabe, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga en este acto al demandante la cantidad de quince mil bolívares (Bs. 15.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.