Visto el escrito presentado en fecha doce (12) de Junio de 2007, presentada por los ciudadanos JULIO CESAR VILLASMIL CASTRO, JOSUE ENRIQUE ROBLES BASTIDAS, KEVIN DAVID BOZO GARCIA y EDUAR CERVANATES asistidos por la apoderada judicial abogada en ejercicio Negda García, inpreabogado N° 40.702 mediante el cual Desiste del procedimiento y de la acción, en consecuencia este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO.