este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Homologa el presente acuerdo, solo en lo que respecta los conceptos reclamados en el libelo de la demanda, Prestaciones Sociales y otros Beneficios de ley, y que damos por reproducidos en esta acta, le imparte el carácter de Cosa Juzgada, da por terminado el presente asunto y se ordena el cierre y archivo de la presente causa. Así se decide.