De conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Este tribunal da por terminado el presente asunto y ordena el archivo definitivo del expediente, asimismo se deja constancia que fueron entregadas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia