De conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de que seran devueltos todos los elementos probatorios consignados por las partes en la Audiencia Preliminar. En consecuencia este Tribunal ordena el archivo definitivo del presente asunto.-