1) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por las sociedades mercantiles TRANSPORTE FILADELFO C.A., y MARAVEN S.A., hoy PDVSA PETRÓLERO, S.A., contra la sentencia de fecha 09 de diciembre de 1999 dictada por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que conoció de la demanda intentada por el ciudadano GONZALO ANTONIO LÓPEZ CARMONA, frente a las sociedades mercantiles TRANSPORTE FILADELFO, C.A., y MARAVEN, S.A., hoy PDVSA PETRÓLEO S.A.
2) SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano GONZALO ANTONIO LÓPEZ CARMONA, frente a las sociedades mercantiles TRANSPORTE FILADELFO, C.A., y MARAVEN, S.A., hoy PDVSA PETRÓLEO S.A.
3) SE CONDENA en costas procesales a la parte demandante de conformidad con los artículos 60 y 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.