1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante, contra la decisión de fecha 12 de marzo de 2012, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la sentencia recurrida. 2) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES a la parte demandante recurrente de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.