Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante contra la decisión de fecha 31 de octubre de 2011, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) SE ANULA el fallo apelado, en consecuencia, se repone la causa al estado que el Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, fije nueva oportunidad para llevarse a cabo la audiencia preliminar, sin necesidad de notificar a las partes. 3) NO CONDENA en costas procesales debido al carácter repositorio del fallo.