PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante recurrente contra la decisión de fecha 23 de septiembre de 2015, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. SEGUNDO: ANULA la decisión apelada TERCERO: SE ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado que el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, fije mediante auto expreso la oportunidad en que deba celebrarse la audiencia de juicio en la presente causa. CUARTO: NO HAY CONDENATORIA en costas procesales.