1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la decisión de fecha 09 de mayo de 2008, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que sigue el ciudadano JOSÉ RAÚL AGELVIS, frente a la sociedad mercantil EHCOPEK, S.A.
2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JOSÉ RAÚL AGELVIS, frente a la sociedad mercantil EHCOPEK, S.A.
En consecuencia, se condena a la parte demandada a cancelar al actor la cantidad de 780 bolívares fuertes por concepto de tarjeta de alimentación de conformidad con la Cláusula 14 de la Convención Colectiva Petrolera más la cantidad de 387 bolívares fuertes con 42 céntimos, por concepto de mora por el retardo en el pago de las prestaciones sociales, para un total de 1 mil 167 bolívares fuertes con 42 céntimos.
Se ordena la indexación de la cantidad condena a pagar sólo an.....