PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación. SEGUNDO: ANULA la sentencia apelada. TERCERO: REPONE LA CAUSA al estado de que el tribunal Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el mismo día en que reciba el expediente, proceda a fijar oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, sin necesidad de notificar a las partes, por cuanto las mismas se encuentran a derecho. CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES, dado el carácter repositorio de la decisión.