1) SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra el auto de fecha 15 de diciembre de 2009, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que sigue el ciudadano SILVIO ENRIQUE SÁNCHEZ, contra la sociedad mercantil C.A. ENERGÍA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (ENELVEN). 2) SE CONFIRMA el auto apelado. 3) NO HAY CONDENATORIA en costas procesales a la parte recurrente.
Publíquese y regístrese. Notifíquese a la Procuradora General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Decreto con fuerza de Ley Orgánica que rige sus funciones.
Una vez se consigne en el expediente la notificación de la Procuraduría, se comenzará a computar un lapso de suspensión de treinta (30) días continuos, a cuyo término se iniciará el lapso de cinco (5) días hábiles para el ejercicio de los recursos legales pertinentes.