CON LUGAR la inhibición planteada por el ciudadano ALEXIS FIGUEROA RENDÓN, en su condición de Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para conocer del juicio intentado por ATEMÓGENES RINCÓN frente a C.A. CERVECERÍA REGIONAL, y lo aparta del conocimiento del mismo.-
SE ORDENA comunicar la presente decisión al Juez inhibido, dentro de la veinticuatro horas siguientes a la publicación de la presente decisión, tal como lo establece la doctrina vinculante contenida en sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, No. 1175 de fecha 23 de noviembre de 2010