1°) HA LUGAR LA CONSULTA LEGAL de la sentencia proferida en fecha 17 de marzo de 2010 en la presente causa por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. 2°) PARCIALMENTE LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano NELSON JOSÉ VALDEZ en contra del INSTITUTO MUNICIPAL DEL ASEO URBANO Y DOMICILIARIO DE MARACAIBO (IMAU), por lo que se condena al demandado a pagar al demandante NELSON JOSÉ VALDEZ la cantidad de bolívares fuertes 7 mil 396 con 57 céntimos, a la cual hay que adicionar la cantidad que resulte de la experticia complementaria del fallo ordenada para el cálculo de la prestación de antigüedad, los intereses de la prestación de antigüedad y los intereses de mora, tal como se ordena el parte motiva de la decisión. 3°) SE MODIFICA el fallo consultado. 4º) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES dada la naturaleza legal de la consulta.