1) SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante contra el auto de fecha 03 de diciembre de 2008, dictado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, dictado en el juicio seguido por LUIS ENRIQUE LA CRUZ GALLARDO frente a POLIOLEFINAS INTERNACIONALES C.A. 2) SE CONFIRMA el auto apelado. 3) SE CONDENA EN COSTAS a la parte actora recurrente en virtud de lo que establece el artículo 61 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, salvo que se encuentre en el supuesto de exención establecido en el articulo 64 eiusdem.