Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia publicada el 9 de julio de 2002 por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano BENS RICHARD MARTÍNEZ GONZÁLEZ contra las sociedades mercantiles TRANSPORTE AERONASA, C.A., o AEROPULLMANS NACIONALES, S.A. (AERONASA), y TRANSPORTE UNIZULIA, C.A.
SE CONDENA al demandante al pago de las costas procesales, por cuanto no se encuentra incluido en los supuestos de exoneración previstos en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, habida cuenta que para el momento de terminación de la relación laboral devengaba un salario diario de 21 mil 428 bolívares con 57 c.....