1) DESISTIDA LA APELACIÓN ejercida por la parte actora contra la sentencia de fecha 13 de octubre de 2005, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que por ajuste de pensión de jubilación sigue ELIO LEÓN ARISMENDI frente a la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV), de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
2) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la sentencia de fecha 13 de octubre de 2005, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que por ajuste de pensión de jubilación sigue ELIO LEÓN ARISMENDI frente a COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV).
3) SIN LUGAR la demanda intentada por el ciud.....