1.-INADMISIBLE la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por la ciudadana Sabrina Rincón Chacín, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil AUTOCRISTAL ZULIA C.A., contra el acto administrativo US-Z-173-2009, dictado en fecha 10 de mayo de 2010, por la DIRECTORA ESTADAL ZULIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (DIRESAT ZULIA), mediante el cual se impuso a la nombrada sociedad mercantil una multa por la cantidad de bolívares 127 mil 075 con 00/100 céntimos, por haber operado la caducidad de la acción.