En fuerza de los argumentos vertidos en esta decisión, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, procedente la solicitud de aclaratoria formulada por el abogado Oscar Atencio, en su condición de apoderado judicial de la empresa demandada, en relación a la sentencia dictada por este Juzgado Superior Segundo del Trabajo en fecha 30 10 de abril de 2007, por lo que se declara que en el presente juicio, seguido por el ciudadano Iván Pulgar frente a la sociedad mercantil PDVSA, Petróleo S.A., ésta se encuentra representada por el abogado Oscar Enrique Atencio Galbán.