1) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la decisión de fecha 05 de noviembre de 2014, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) REVOCA la decisión apelada. 3) REPONE la causa al estado de que el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, fije por auto expreso oportunidad para llevarse a cabo nuevamente la prolongación de la celebración de la audiencia preliminar. 4) NO HAY IMPOSICIÓN DE COSTAS PROCESALES dado el carácter repositorio de la decisión.-