PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la decisión de fecha dieciocho (18) de marzo de dos mil trece (2013), dictada por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano DONALD WILHELM, en contra de las empresas OMNI LABORATORIES DE VENEZUELA, C.A. y WEATHERFORD LATÍN AMERICA, S.A. TERCERO: SE CONFIRMA el fallo apelado. CUARTO: SE CONDENA en costas a la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.