SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Néstor Palacios a nombre del ciudadano LUIS JOSÉ LUGO QUILARTE, en contra de la decisión de fecha 23 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en el Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con Sede en Cabimas, que conoció de la demandada intentada por el ciudadano LUIS JOSÉ LUGO QUILARTE, frente a PDVSA PETRÓLEO S.A. SE CONFIRMA el fallo apelado. En virtud de la confirmación del fallo se declara PERIMIDA la instancia en el juicio intentado por el ciudadano LUIS JOSÉ LUGO QUILARTE frente a la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A. NO SE CONDENA EN COSTAS PROCESALES a la parte recurrente dada la naturaleza del fallo.