Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA APELACIÓN ejercida por la parte demandante en contra de la sentencia dictada en fecha 29 de noviembre de 2005, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SE ANULA el fallo apelado. SE REPONE LA CAUSA al estado de que el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución remita la presente causa al Juez de Juicio, a los fines de que éste se pronuncie respecto a la procedencia o no de lo pretendido por las partes en conflicto, mediante un proceso que le permita a las partes debatir sobre los elementos probatorios que le darán plena certeza al Juzgador para dictar sentencia. NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dado el carácter rep.....