PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra de la decisión dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo, en fecha 26 de octubre de 2017. SEGUNDO: SE ANULA la decisión apelada. TERCERO: SE REPONE la causa al estado de que el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sede Maracaibo, celebre nuevamente la prolongación de la audiencia preliminar, para lo cual deberá fijarse oportunidad en lapso legal correspondiente, sin necesidad de notificación de las partes, por cuanto las mismas se encuentran a derecho. CUARTO: NO SE CONDENA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.