Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado NÉSTOR JOSÉ PALACIOS DARWICH a nombre de la ciudadana NAYRIH MARGARITA MEDINA CALLEJA, contra la decisión de fecha 15 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en el Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, que conoció de la demandada intentada por la ciudadana NAYRIH MARGARITA MEDINA CALLEJA frente a PDVSA, PETRÓLEO, S.A.; PERIMIDA la instancia y TERMINADO el juicio intentado por la ciudadana NAYRIH MARGARITA MEDINA CALLEJA frente a PDVSA, PETRÓLEO, S.A., en consecuencia SE CONFIRMA el fallo apelado. NO SE CONDENA EN COSTAS PROCESALES .....