1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la sentencia de fecha 15 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo para el Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con Sede en Cabimas, en el juicio seguido por el ciudadano ALEXIS FRANCO frente a PDVSA PETRÓLEO S.A., ambas partes identificadas en actas, en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la decisión recurrida que declaró la perención de la instancia.
2) SE CONDENA EN COSTAS PROCESALES a la parte demandante recurrente, en virtud de lo que establece el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.