1) CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, en contra de la sentencia de fecha 23 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, en el juicio seguido por la ciudadana MARÍA EMERITA MARÍN MARÍN en contra de la ASOCIACIÓN CIVIL UNIVERSIDAD EXPERIMENTAL CECILIO ACOSTA. 2) SE ANULA la sentencia recurrida, en consecuencia; 3) SE REPONE la causa al estado procesal en que el Juez de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia que resultara competente, resuelva el mérito de la presente controversia a los fines de preservar el Principio de la Doble Instancia. 4) NO HAY CONDENATORIA en costas procesales dada la naturaleza del presente fallo.