1) CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada Oda Verde a nombre y en representación de la parte demandada, en contra de la sentencia de fecha 03 de noviembre de 2006, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, 2) CON LUGAR la defensa de fondo referida a la prescripción de la acción opuesta por la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV); 3) SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LISETTE HAYDEE STEIGER ROIS-MÉNDEZ frente a la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV), en consecuencia 4) SE REVOCA el fallo apelado. 5) SE CONDENA EN COSTAS PROCESALES a la parte demandante, por cuanto no se encuentra dentro de los supuestos de exención establecidos en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.