1. HOMOLOGA, por lo que le atribuye carácter de cosa juzgada al desistimiento de la apelación manifestado por la parte demandada en el juicio incoado por HERADIO VALERA, GERÓNIMO PARRA, DOGLAS FERNANDEZ, JHONY PELÁEZ, ELI TELLO, CARLOS SOTO, FASITOL MONTERO, MANUEL VOLCÁN, ABRAHAM GONZÁLEZ, CIRO CHÁVEZ, FREDDY PIRELA, DOUGLAS GONZÁLEZ y JOSÉ ALVÉREZ, contra COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, identificados en autos.
2. CON FUERZA DE COSA JUZGADA la decisión recurrida.
3. SE CONDENA en las costas procesales del recurso a la parte recurrente en virtud de lo que dispone el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.