1) SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia de fecha 30 de junio de 2010, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia. 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ESTURBE MAESTRE en contra de la sociedad mercantil INGENIEROS CONSULTORES C.A. (ICCA).
En consecuencia, se condena a la demandada a pagar al accionante, la cantidad de bolívares 40 mil 705 bolívares con 41 céntimos, por los conceptos especificados en la parte motiva del fallo, de prestación de antigüedad, vacaciones y bono vacacional fraccionado, utilidades proporcionales y la indemnización prevista en la Cláusula 46 del Contrato Colectivo de la Construcción, más los intereses moratorios y la corrección monetaria, calculados por experticia complementaria del fallo.
3) SE CONFIRMA el fallo apelado. 4) NO HAY CONDENATORIA EN COSTA.....