HOMOLOGA, por lo cual atribuye el carácter de cosa juzgada al desistimiento, manifestado por la representación judicial de la empresa demandada, SHLUMBERGER VENEZUELA S.A., del recurso de apelación, ejercido contra la sentencia dictada por el TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, en fecha 06 de diciembre de 2007, mediante la cual declaró la nulidad del auto de fecha 03 de octubre de 2006 que ordenó el archivo del expediente y repuso la causa al estado de que se de inicio al lapso de apelación de la decisión de perención dictada el 30 de noviembre de 2005, luego de que todas las partes estuvieren notificadas de dicha decisión, en el juicio seguido en contra de la referida empresa por el ciudadano LUIS CONRADO MORALES NAVA, hoy fallecido, sustituido en el proceso por los ciudadanos LUIS CONRRADO MORALES LOAIZA LUIS REINIER MORALES LOAIZA y LUIS ALBERTO MORALES LOAI.....