CON LUGAR EL RECURSO DE HECHO propuesto por el apoderado judicial de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV) en contra de la decisión de fecha 10 de julio de 2007 emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que negó el recurso de apelación ejercido en contra de la sentencia de fecha 18 de mayo de 2007 proferida por el mismo Juzgado.
SE ORDENA al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, oír en un solo efecto, de conformidad con el artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la apelación interpuesta en contra de la sentencia de fecha 18 de mayo de 2007, emanada de ese Tribunal.