DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por el ciudadano ELIAS BARRIOS FERNÁNDEZ, contra el fallo dictado en fecha 6 de febrero de 2015, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada, la decisión apelada que declaró sin lugar el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el nombrado ciudadano contra decisión de fecha 6 de noviembre de 2000, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo, que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido intentada por PDVSA PETRÓLEO Y GAS S.A., hoy PDVSA PETRÓLEO S.A., autorizando a dicha entidad de trabajo a despedir al nombrado trabajador ELIAS BARRIOS FERNÁNDEZ y el correspondiente pago de sus prestaciones sociales.