, HOMOLOGA, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada, al desistimiento del recurso de apelación interpuesto por parte del ciudadano AGUSTÍN TORRES, en el juicio de cobro de acreencias laborales que sigue en contra del ESTADO ZULIA por órgano de la ASOCIACIÓN CIVIL ROPERO DEL ZULIA, identificados en autos.
Queda sin efecto la fijación de la vista de la causa para el día 7 de agosto de 2013.
No hay imposición de costas procesales, en virtud de lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese y regístrese.
Notifíquese al Procurador del Estado Zulia, de acuerdo al artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.