1) DESISTIDO el recurso de apelación propuesto por la parte actora en contra de la decisión apelada, a saber, la sentencia de fecha diecisiete de abril de dos mil diecisiete (17/04/2017), signada PJ069-2017-000046, dictado por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo, en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la decisión recurrida, la cual se confirma. 2) NO SE CONDENA en costas procesales a la parte demandante de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.