1) CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JORGE BOLÍVAR en su carácter de apoderado judicial de la codemandada BROIDE D´EMPAIRE Y ASOCIADOS C.A. 2) SE ANULA el acta apelada. 3) SE REPONE la causa al estado de que el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente, fije la continuación de la audiencia preliminar para el décimo día hábil, término que comenzará a contarse una vez conste en actas la notificación de la parte actora y de las empresas CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT S.A. y FINANCIERA DE SEGUROS S.A. (Tercero Interviniente), por cuanto no se encuentran a derecho, a la hora que fije el Tribunal según su agenda. 4) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.