PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la decisión de fecha 05 de agosto de 2015, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión apelada. TERCERO: NO HAY CONDENA EN COSTAS PROCESALES a la parte demandante recurrente de acuerdo con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.