1. NIEGA LA HOMOLOGACIÓN al desistimiento de la apelación, manifestado por la parte demandada, en el juicio de cobro de prestaciones sociales incoado por YUNNYS CAMARGO en contra de SEGUJOS COMPAÑÍA ANÓNIMA, identificados en autos.
2. SE FIJA el octavo día hábil siguiente a la presente fecha, a las diez y treinta de la mañana, para llevar a efecto la audiencia de apelación en la presente causa, sin necesidad de notificar a las partes, por cuanto se encuentran a derecho.
3. NO HAY ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO EN CUANTO A COSTAS PROCESALES, dado el carácter