PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada, contra la decisión de fecha 30 de mayo de 2012, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano FRANKLIN VARELA frente a la sociedad mercantil SERVI 15, C.A.
En consecuencia, se declara la existencia de la sustitución de patronos entre las sociedades mercantiles PÉDICA SANAPIÉ C.A., QUIROPEDIA AS, C.A., PIES C.A. y SERVI 15, C.A.
TERCERO: SE CONFIRMA el fallo apelado. CUARTO: SE CONDENA en costas procesales a la parte demandada recurrente, de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.