-III-
DISPOSITIVO
Por lo expuesto, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, administrando justicia por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE, la apelación interpuesta por la parte demandante en contra del acta de fecha 4 de abril de 2011, dictada por el Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia . SEGUNDO: SE REVOCA, el auto de fecha 13 de abril de 2011, dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. TERCERO: .NO SE CONDENA EN COSTAS, a la parte demandante recurrente dada la naturaleza del fallo.
La presente decisión fue dictada en el lapso legal correspondiente.-
PUBLÍQUESE. REGÍS.....