-III-
DISPOSITIVA
En merito de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA, la presente transacción celebrada entre el ciudadano JUAN BENITO ORTEGA COHEN, parte demandante, y la ciudadana MARGARITA ASSENZA, en su carácter de apoderada judicial de la empresa demandada MAERSK DRILLING VENEZUELA S. A. Transacción ésta que tiene como monto total la cantidad de OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES FUERTES CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS DE BOLIVAR (Bs. F. 81.763,79). SEGUNDO: Por no ser contraria a disposiciones legales se le imparte carácter de COSA JUZGADA a la presente transacción, en consecuencia se da por terminado el presente procedimiento de cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales. TERCERO: NO SE CONDENA EN COSTAS, dada la naturaleza del fallo.-
La pres.....