-IV-
DISPOSITIVO
Por lo expuesto, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Que es COMPETENTE, este Juzgado Superior, para conocer el conflicto negativo de competencia planteada por los Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral con sede en Cabimas y el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial Laboral ambos de esta misma Circunscripción Judicial del estado Zulia. SEGUNDO: Que la COMPETENCIA, para conocer de la presente causa, le corresponde a la Corte Contencioso Administrativo que por distribución corresponda. TERCERO: Remítanse la presente actuaciones junto con oficio a la Corte Contencioso Administrativa.
La presente decisión fue dictada en el lapso legal correspondiente.-
PUBLÍQUESE. REGÍSTRES.....