-III-
DISPOSITIVO
Por lo antes expuesto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación interpuesta por la parte demandada la sociedad mercantil CASA VEZLARA, C.A., en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha once (11) de mayo de dos mil quince (2015). SEGUNDO: CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ LUIS RINCÓN en contra de la sociedad mercantil CASA VEZLARA, C.A., con motivo del recurso ordinario de apelación ejercido por la parte demandada en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha once .....