-IV-
DISPOSITIVO
Por lo expuesto, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de hecho, interpuesto el 27 de abril de 2015, por el ciudadano GABRIEL E. MOSQUERA HERNANDEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte codemandada MULTISUMINISTROS C.A., y el ciudadano EVEN LUGO, a titulo personal en contra de la decisión de fecha 22 de abril de 2015. SEGUNDO: SE ORDENA, al Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, oír la apelación interpuesta por la parte accionada. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
La presente decisión fue dictada en el lapso legal correspondiente.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE y .....