-III-
DISPOSITIVO
En consecuencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en uso de sus facultades
legales, administrando justicia por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta por la parte demandada recurrente, en contra de la decisión de fecha 25 de noviembre de 2010, dictada por el Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. SEGUNDO: Se declara la CONEXIÓN entre las causas VP01-L-2010-002187, VP01-L-2010-002245 y VP01-L-2010-002214. TERCERO: Se le ordena al Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, (que esta conociendo en fase de mediación), declare la ACUMULACION en la causa VP01-L-2010-002187, llevada por dicho Tribunal, los expedientes VP01-L-2010-002245 lle.....