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DISPOSITIVO
Por lo expuesto, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE, para conocer el presente recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el profesional del derecho ciudadano CARLOS FERNANDEZ CASILLA, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 127.613 actuando en su condición de apoderado judicial de la FUNDACIÓN HOSPITAL DE ESPECIALIDADES PEDIATRICAS, contra el acto administrativo contenido en la certificación N° 1023-2012 de fecha 26 de noviembre de 2012 y notificada el 8 de enero de 2014 dictada por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ZULIA (DIRESAT-ZULIA), del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES. SEGUNDO: SE ADMITE, cuanto ha lugar en derecho el recurso interpuesto; y en .....