PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su incompetente por las funciones, para sustanciar y tramitar el presente Recurso de Nulidad contra el Acto Administrativo de efectos particulares intentado por la sociedad mercantil SUPERMERCADO OJEDA, CA (SUPOCA) en contra de la providencia administrativa emitida por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS LAGUNILLAS, BARALT, VALMORE RODRÍGUEZ Y SIMÓN BOLÍVAR DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN LAGUNILLAS, por motivo de Reenganche y pago de Salarios Caídos. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Se ordena la remisión de la presente causa a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
TERCERO: No se condena en costas debido a la naturaleza de lo aquí.....