PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales interpuesto por la ciudadana: LIGIA GUADALUPE HERNANDEZ COELLO en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA VALMORE RODRIGUEZ (INCOVAR), Solidariamente con las COOPERATIVA SIMON BOLIVAR 2130, R.S, COOPERATIVA LA ESPERANZA DE MIRIANN, R.S, COOPERATIVA AGUA COL IV, RL, COOPERTIVA ZUPACA 13 R.S suficientemente identificado en las actas.
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales a la ciudadana LIGIA GUADALUPE HERNANDEZ COELLO por la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TREINTA BOLIVARES CON SEIS CENTIM.....