PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara la incompetencia funcional para conocer y decidir sobre la Falta de Cualidad y Legitimidad, planteamiento realizado por la representación judicial de la parte co-demandada sociedad mercantil PETROQUIMICA DE VENZUELA, SA (PEQUIVEN, SA), por cuanto se considera competente al Juez de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, siempre y cuando sea alegada en la oportunidad correspondiente.
SEGUNDO: Se continúa con la tramitación normal del presente procedimiento.
TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión al ciudadano Procurador General de la República, suspendiénd.....