PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA
INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento hecho por la parte actora por intermedio de su apoderado judicial, únicamente contra PDVSA parte demandada solidaria por motivo de Prestaciones Sociales, continuando el procedimiento con la demandada principal sociedad mercantil CABALLERO BARRIOS COMPAÑÍA ANÓNIMA.
SEGUNDO: Se le imparte el carácter de Cosa juzgada al presente juicio.
TERCERO: Se declara TERMINADO el presente procedimiento.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
QUINTO: Se ordena notificar al ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con el artículo 97 de la Ley.....